Categorías
Actualidad Actualidad Normativa

La subida del IVA de julio de 2012

En IDESOFT ya estamos preparados para la nueva subida del IVA que va a decretar el Gobierno mañana viernes 13 de julio de 2012 y que entrará en vigor el día 1 de Septiembre de 2012. En virtud de la misma, el tipo general del IVA será el 21%, el tipo reducido el 10% y se mantiene el tipo superreducido en el 4%.

¿Tu estás preparado?. Pon al día tu aplicación con nuestro servicio de mantenimiento y servicio de actualizaciones (desde 7 euros al mes).

Para cualquier aclaración, te atenderemos gustosamente en el 910 220 268 o en nuestro correo electrónico.

Categorías
Actualidad

Actualización Gymgest de TBS Software

Debido a la desaparición de la empresa TBS Software, los usuarios del programa GymGest* no podrán renovar su licencia de GymGest y por tanto el programa se le bloqueará, imposibilitando su uso, con la consiguiente pérdida para su gimnasio.

Es por ello que desde IDESOFT, hemos realizado un módulo de importación de datos desde GymGest a nuestro programa gestión gimnasios xl. Puede descargar gratis la demo del programa gestión de gimnasios recibos pinchando en el anterior enlace.

De esta forma, podrá recuperar sus datos y continuar trabajando con nuestro programa para la gestión de su gimnasio. A diferencia de TBS Soft y su política de licencias anuales con gymgest, en IDESOFT la licencia de nuestro software gestión gimnasios y recibos es de por vida, no hay cuotas anuales y no caduca nunca.

Asimismo, nuestro software emite recibos con la nueva norma SEPA, soportando adeudos domiciliados SEPA Core y B2B.

Si desea más información llámenos al 91 022 02 68 sin ningún compromiso.

*Gymgest, gym gest, son marcas registradas de la desaparecida empresa TBS Software y web www.tbscos.com

Categorías
Actualidad

Nuevo sistema de actualizaciones automáticas de IDESOFT

IDESOFT, fabricante de programas de gestión empresas para Linux, Windows y Mac, programa facturas para Linux, Windows y Mac, programa recibos para Linux, Windows y Mac y programa bibliotecas y libros para Mac, Windows y Linux, se complace en anunciar el nuevo sistema de actualizaciones para todos sus programas en Windows, Linux y Mac.

A continuación, indicaremos la forma de uso:

– En primer lugar, seleccionamos la opción «Actualizar el programa» del menú Salir:

– En segundo lugar, y siempre que estemos conectados a Internet, respondemos Sí a la pregunta de comprobar nuevas Actualizaciones:

Si es la primera vez que ejecuta el servicio, deberá introducir el nombre de usuario y la contraseña de acceso a la Zona de Clientes de IDESOFT. Pulse aquí si no recuerda los datos:

En el caso de que existan nuevas Actualizaciones, éstas se descargarán e instalarán automáticamente. Tras ello, se reiniciará automáticamente el programa con la nueva versión.

Para los clientes que NO tengan esta opción en el programa o necesitan de cualquier aclaración, rogamos contacten con el servicio técnico de IDESOFT.

Categorías
Actualidad Facturación y Gestión XL

Actualización competitiva de Winomega

Si usted dispone de una licencia de Winomega / Win omega* obtenga un descuento de 20€.

Envíenos una copia de su licencia por fax al  902 94 62 68, indicando su nombre, teléfono y dirección de e-mail y recibirá un cupón descuento para nuestra tienda online de 20€, para la compra de cualquiera de nuestros programas para hacer facturas.

Recuerde! Puede descargar gratis el programa de facturación, pinchando en el anterior enlace.

Si desea más información llámenos al 902 00 62 68.

Oferta válida hasta el 30/04/2011

*Winomega, Win omega, Omega Software, Omega, Contaclip, Conta clip son marcas registradas de Omega Software

Categorías
Actualidad Facturación y Gestión XL

Actualización competitiva de Facturaplus

Si usted dispone de una licencia de Facturaplus* (versión profesional o élite) obtenga un descuento de 40€.

Envíenos una copia de su licencia por fax al  902 94 62 68, indicando su nombre, teléfono y dirección de e-mail y recibirá un cupón descuento para nuestra tienda online de 40€, para la compra de un programa Facturación y Gestión XL. Puede descargar gratis programa para emitir facturas pinchando en el anterior enlace.

Si desea más información llámenos al 902 00 62 68.

Oferta válida hasta el 31/11/2010

*Facturaplus, Facturaplus 2011, Contaplus y Contaplus 2011 son marcas registradas de SAGE SP

Categorías
Actualidad Actualidad Informática

La facturación electrónica

El uso de la factura electrónica será obligatorio a partir del día 1 de Noviembre de 2010 en todos los contratos del sector público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente mediante las correspondientes Órdenes de extensión.

La facturación electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y consiste en la transmisión de las facturas o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados reconocidos.

La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

De está definición extendida en todo el mercado, se transmite tres condicionantes para la realización de e-Factura:

  1. Se necesita un formato electrónico de factura de mayor o menor complejidad (EDIFACT, XML, PDF, html, doc, xls, gif, jpeg o txt, entre otros).
  2. Es necesario una transmisión telemática (tiene que partir de un ordenador, y ser recogida por otro ordenador).
  3. Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su integridad y autenticidad a través de una firma electrónica reconocida.

El artículo 3.3 de la Ley 59/2003 de 19 de diciembre define la firma electrónica reconocida como:

“La firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma”.

Por todo ello y para ayudar a todos nuestros clientes, IDESOFT lanza nuevas actualizaciones de todos nuestros programas para corregir este cambio. Encontrará más información en el enlace anterior. Recuerde que también puede contactar con IDESOFT en todo momento.

Categorías
Actualidad Normativa

Información cambio IVA

El próximo 1 de julio entra en vigor la subida de los tipos de IVA aprobada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, con las siguientes modificaciones en el tipo de gravamen general y reducido:

TIPO % ACTUAL % NUEVO
GENERAL 16 % 18%
REDUCIDO 7% 8%
SUPER REDUCIDO 4% 4%

Los nuevos tipos de IVA

  • Tipo superreducido (4%):  Se aplica a los productos de primera necesidad, por lo que el Gobierno ha decidido mantener el tipo en el 4%. Se incluyen dentro de este tipo los siguientes productos: pan común, masa de pan congelada, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos. Libros, revistas y periódicos. Material escolar, salvo productos electrónicos; medicamentos para uso humano. Vehículos para minusválidos, sillas de ruedas y para transporte de colectivo de minusválidos. Prótesis, ortesis e implantes. Viviendas de protección oficial.
  • Tipo reducido (8%):La subida es de un punto, hasta el 8% y se aplica a los siguientes productos: Alimentos en general, salvo los que tributan al tipo reducido; bebidas refrescantes; animales destinados a consumo humano y reproductores; bienes utilizados en actividades agrícolas, ganaderas o forestales, como semillas o fertilizantes. Aparatos como lentillas, gafas graduadas, elevadores para minusválidos y para el diagnóstico de enfermedades. Asistencia sanitaria, servicios dentales. Importaciones de objetos de arte, antigüedades. Servicios de peluquería. Entrega de viviendas, incluidos garajes y anexos. Construcción de viviendas (entre promotor y contratista). Servicios prestados por artistas y técnicos. Servicios de asistencia social. Servicios deportivos. Servicios culturales y recreativos, exposiciones y ferias. Servicios funerarios. Hostelería y restauración, limpieza en vías y jardines públicos y recogida de basuras. Transporte de viajeros y de utilización de autopistas.
  • Tipo general (18%): Sube dos puntos, hasta el 18% y afecta a todos los demás productos En especial, bebidas alcohólicas, tabaco, animales dedicados a festejos taurinos, maquinaria agrícola, forestal o ganadera. CD. Aparatos para diagnóstico y seguimiento de embarazos. Servicios de radio y televisión.

Respecto a los tipos de gravamen del Recargo de Equivalencia se mantienen igual.

La regla general prevista en la normativa del IVA es que el tipo impositivo aplicable es el vigente en el momento del devengo de la operación, es decir, en el momento en que se efectúa la entrega de bienes o la prestación del servicio.

No obstante, el cambio de tipos de IVA puede plantear casos especiales, algunos de ellos son los siguientes:

  • Operaciones que se realicen a partir del 1 de julio pero que hayan generado pagos anticipados con anterioridad a dicha fecha, el tipo de IVA aplicable a estos anticipos será el vigente en el momento del pago, con lo que no procederá efectuar ninguna modificación a posteriori.
  • Certificaciones de obra emitidas con anterioridad al 1 de julio en que se haya consignado el tipo de IVA aplicable en el momento de la emisión de las mismas, si el devengo de la operación no ha tenido lugar por no haber entrega ni pago, el tipo de IVA aplicable será el vigente cuando efectivamente se produzca el devengo de la operación, es decir, el tipo incrementado si este devengo se produce a partir del 1 de julio.
  • Cuando las operaciones hayan sido objeto de una oferta en la que se haya consignado el tipo vigente en el momento de la emisión de la oferta, si las mismas se realizan a partir del 1 de julio, el tipo aplicable será el nuevo tipo, independientemente de que en la oferta se hubiera consignado un tipo inferior.
  • En contratos celebrados con Administraciones públicas, ya con motivo de anteriores aumentos de tipos la Dirección de Tributos emitió en su día una circular en la que establecía que en aquellos contratos pendientes de ejecución en cuyos precios se hubiese incluido el IVA calculado al tipo vigente en el momento de la firma del contrato, la Administración destinataria debería soportar el aumento en el tipo de IVA aplicable en función del momento del devengo de la operación, criterio que hay que entender aplicable en la actualidad.
  • En aquellas operaciones denominadas de trato sucesivo o continuado, como pueden ser los arrendamientos o suministros, la regla general de devengo es el momento en que resulte exigible la parte del precio a que corresponda cada percepción. Por ello, los nuevos tipos serán aplicables en estos casos cuando se trate de contraprestaciones exigibles con posterioridad a 1 de julio, aunque se correspondan a períodos de consumo anteriores a dicha fecha.
  • Operaciones en que proceda rectificar la base imponible del IVA de operaciones devengadas antes del 1 de julio, aunque esta rectificación se efectúe con posterioridad a esa fecha, deberá tenerse en cuenta cuál era el tipo aplicable a la operación de la que se esté modificando la base imponible.

Por todo ello y para ayudar a todos nuestros clientes, IDESOFT lanza nuevas actualizaciones de todos nuestros programas para corregir este cambio. Encontrará más información en el anterior enlace. Recuerde que también puede contactar con nosotros en todo momento.

Categorías
Actualidad Normativa

Cambio de IVA

El 1 de julio entrarán en vigor los nuevos cambios del IVA, y en IDESOFT ya estamos listos para que tus programas de gestión de empresas, facturas, recibos y bibliotecas te sigan ofreciendo las mejores soluciones para tu empresa en esta nueva etapa. Si no dispones de Servicio de Mantenimiento de IDESOFT, contrátalo ya para poder disponer de las últimas actualizaciones y estar totalmente preparado para los cambios legales del IVA.